Prólogo de Fernando Peña López
REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2004, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR
[Introducción]
Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
Disposición adicional única. Remisiones normativas
Disposición derogatoria única. Normas derogadas
Disposición final única. Entrada en vigor
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR
TÍTULO I. Ordenación civil
Capítulo I. Disposiciones generales
Art. 1.º De la responsabilidad civil
Capítulo II. Del aseguramiento obligatorio
Sección 1.ª Del deber de suscripción del seguro obligatorio
Art. 2.º De la obligación de asegurarse
Art. 3.º Incumplimiento de la obligación de asegurarse
Sección 2.ª Ámbito del aseguramiento obligatorio
Art. 4.º Ámbito territorial y límites cuantitativos
Art. 5.º Ámbito material y exclusiones
Art. 6.º Inoponibilidad por el asegurador
Capítulo III. Satisfacción de la indemnización en el ámbito del seguro obligatorio
Art. 7.º Obligaciones del asegurador y del perjudicado
Art. 8.º Convenios de indemnización directa. Declaración amistosa de accidente. Convenios de asistencia sanitaria para lesionados de tráfico
Art. 9.º Mora del asegurador
Art. 10. Facultad de repetición
Art. 11. Funciones del Consorcio de Compensación de Seguros
TÍTULO II. Ordenamiento procesal civil
Capítulo único. Del ejercicio judicial de la acción ejecutiva
Art. 12. Procedimiento
Art. 13. Diligencias en el proceso penal preparatorias de la ejecución
Art. 14. Procedimiento de mediación en los casos de controversia
Art. 15. Reclamación al asegurador
Art. 16. Obligación de pago
Art. 17. Títulos ejecutivos
Art. 18. Límite cuantitativo
Art. 19. Gastos de la tasación pericial
TÍTULO III. De los siniestros ocurridos en un Estado distinto al de residencia del perjudicado, en relación con el aseguramiento obligatorio
Capítulo I. Ámbito de aplicación
Art. 20. Ámbito de aplicación
Capítulo II. Representante encargado de la tramitación y liquidación en el país de residencia del perjudicado de los siniestros ocurridos en un Estado distinto al de residencia de este último
Art. 21. Elección, poderes y funciones del representante para la tramitación y liquidación de siniestros designado por las entidades aseguradoras autorizadas en España en cada uno de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo
Art. 22. Procedimiento de reclamación de los perjudicados no residentes en España ante las entidades aseguradoras autorizadas en España o los representantes para tramitación y liquidación de siniestros por éstas designados en el resto de los Estados del Espacio Económico Europeo
Art. 23. Procedimiento de reclamación del perjudicado con residencia en España ante las entidades aseguradoras autorizadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo o ante los representantes para tramitación y liquidación de siniestros por estas designados en España
Capítulo III. Organismo de información
Art. 24. Designación y funciones del organismo de información
Art. 25. Obtención de información del Consorcio de Compensación de Seguros
Capítulo IV. Organismo de indemnización
Art. 26. Designación
Art. 27. Reclamaciones ante Ofesauto en su condición de organismo de indemnización español
Art. 28. Derecho de repetición entre organismos de indemnización, subrogación y reembolso
Art. 29. No identificación del vehículo o de la entidad aseguradora
Capítulo V. Colaboración y acuerdos entre organismos. Ley aplicable y jurisdicción competente
Art. 30. Colaboración y acuerdos entre organismos
Art. 31. Ley aplicable y jurisdicción competente
TÍTULO IV. Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
Capítulo I. Criterios generales para la determinación de la indemnización del daño corporal
Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 32. Ámbito de aplicación y alcance
Art. 33. Principios fundamentales del sistema de valoración
Art. 34. Daños objeto de valoración
Art. 35. Aplicación del sistema de valoración
Art. 36. Sujetos perjudicados
Art. 37. Necesidad de informe médico y deberes recíprocos de colaboración
Art. 38. Momento de la determinación de las circunstancias para la valoración del daño
Art. 39. Cómputo de edades
Art. 40. Momento de determinación de la cuantía de las partidas resarcitorias
Art. 41. Indemnización mediante renta vitalicia
Art. 42. Cálculo de la renta vitalicia
Art. 43. Modificación de las indemnizaciones fijadas
Art. 44. Indemnización por lesiones temporales en caso de fallecimiento del lesionado antes de fijarse la indemnización
Art. 45. Indemnización por secuelas en caso de fallecimiento del lesionado tras la estabilización y antes de fijarse la indemnización
Art. 46. Indemnización de gastos en caso de fallecimiento del lesionado antes de fijarse la indemnización
Art. 47. Compatibilidad de la indemnización a los herederos con la indemnización a los perjudicados por la muerte del lesionado
Art. 48. Bases técnicas actuariales
Art. 49. Actualizaciones
Sección 2.ª Definiciones
Art. 50. Pérdida de autonomía personal
Art. 51. Actividades esenciales de la vida ordinaria
Art. 52. Gran lesionado
Art. 53. Pérdida de desarrollo personal
Art. 54. Actividades específicas de desarrollo personal
Art. 55. Asistencia sanitaria
Art. 56. Prótesis
Art. 57. Órtesis
Art. 58. Ayudas técnicas y productos de apoyo para la autonomía personal
Art. 59. Medios técnicos
Art. 60. Unidad familiar
Capítulo II. Reglas para la valoración del daño corporal
Sección 1.ª Indemnizaciones por causa de muerte
Art. 61. Valoración de las indemnizaciones por causa de muerte
Subsección 1.ª Perjuicio personal básico (disposiciones relativas a la tabla 1.A)
Art. 62. Categorías de perjudicados
Art. 63. El cónyuge viudo
Art. 64. Los ascendientes
Art. 65. Los descendientes
Art. 66. Los hermanos
Art. 67. Los allegados
Subsección 2.ª Perjuicio personal particular (disposiciones relativas a la tabla 1.B)
Art. 68. Resarcimiento de perjuicios particulares
Art. 69. Perjuicio particular por discapacidad física, intelectual o sensorial del perjudicado
Art. 70. Perjuicio particular por convivencia del perjudicado con la víctima
Art. 71. Perjuicio particular del perjudicado único de su categoría
Art. 72. Perjuicio particular del perjudicado familiar único
Art. 73. Perjuicio particular por fallecimiento del progenitor único
Art. 74. Perjuicio particular por fallecimiento de ambos progenitores en el mismo accidente
Art. 75. Perjuicio particular por fallecimiento del hijo único
Art. 76. Perjuicio particular por fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto
Art. 77. Perjuicio excepcional
Subsección 3.ª Perjuicio patrimonial (disposiciones relativas a la tabla 1.C)
Art. 78. Perjuicio patrimonial básico
Art. 79. Gastos específicos
Art. 80. Concepto de lucro cesante en los supuestos de muerte
Art. 81. Cálculo del lucro cesante
Art. 82. Personas perjudicadas
Art. 83. Multiplicando en caso de víctimas con ingresos de trabajo personal o en situación de desempleo
Art. 84. Multiplicando en el caso de víctimas con dedicación exclusiva a las tareas del hogar de la unidad familiar
Art. 85. Multiplicando en el caso de víctimas con dedicación parcial a las tareas del hogar de la unidad familiar
Art. 86. Multiplicador
Art. 87. Variable relativa a la cuota del perjudicado
Art. 88. Variable relativa a pensiones públicas a favor del perjudicado
Art. 89. Duración de la variable de dependencia económica
Art. 90. Duración de la dependencia económica del cónyuge viudo
Art. 91. Duración de la dependencia económica de los hijos, nietos y hermanos
Art. 92. Duración de la dependencia de otros perjudicados
Sección 2.ª Indemnizaciones por secuelas
Art. 93. Valoración de las indemnizaciones por secuelas
Art. 94. Determinación de los perjudicados
Subsección 1.ª Perjuicio personal básico (disposiciones relativas a la tabla 2.A)
Art. 95. Determinación de la indemnización del perjuicio personal básico
Art. 96. El baremo médico
Art. 97. Reglas de aplicación del perjuicio psicofísico¸ orgánico y sensorial
Art. 98. Secuelas concurrentes
Art. 99. Secuelas interagravatorias
Art. 100. Secuelas agravatorias de estado previo
Art. 101. Perjuicio estético de las secuelas
Art. 102. Grados de perjuicio estético
Art. 103. Reglas de aplicación del perjuicio estético
Art. 104. Régimen de valoración económica de las secuelas
Subsección 2.ª Perjuicio personal particular (disposiciones relativas a la tabla 2.B)
Art. 105. Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial
Art. 106. Daños morales complementarios por perjuicio estético
Art. 107. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas
Art. 108. Grados del perjuicio moral por pérdida de calidad de vida
Art. 109. Medición del perjuicio por pérdida de calidad de vida
Art. 110. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados
Art. 111. Pérdida de feto a consecuencia del accidente
Art. 112. Perjuicio excepcional
Subsección 3.ª Perjuicio patrimonial (disposiciones relativas a la tabla 2.C)
Art. 113. Gastos previsibles de asistencia sanitaria futura
Art. 114. Resarcimiento de los gastos de asistencia sanitaria futura en el ámbito hospitalario y ambulatorio
Art. 115. Prótesis y órtesis
Art. 116. Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria
Art. 117. Ayudas técnicas o productos de apoyo para la autonomía personal
Art. 118. Adecuación de vivienda
Art. 119. Perjuicio patrimonial por el incremento de costes de movilidad
Art. 120. Concepto de ayuda de tercera persona
Art. 121. Necesidad de ayuda de tercera persona
Art. 122. Sustitución de la indemnización de ayuda de tercera persona por atención sanitaria o socio-sanitaria de la víctima
Art. 123. Determinación del número de horas necesarias de ayuda de tercera persona
Art. 124. Momento de determinación del número de horas necesarias y factores de incremento posterior
Art. 125. Determinación de la cuantía indemnizatoria mediante multiplicando y multiplicador
Art. 126. Concepto de lucro cesante
Art. 127. Cálculo del lucro cesante
Art. 128. Cómputo de ingresos del lesionado por trabajo personal
Art. 129. Multiplicando de ingresos por trabajo personal
Art. 130. Lesionados pendientes de acceder al mercado laboral menores de treinta años
Art. 131. Multiplicando en caso de lesionados con dedicación a las tareas del hogar de la unidad familiar
Art. 132. Multiplicador
Art. 133. Duración del perjuicio
Sección 3.ª Indemnizaciones por lesiones temporales
Art. 134. Valoración de la indemnización por lesiones temporales
Art. 135. Indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral
Subsección 1.ª Perjuicio personal básico (disposiciones relativas a la tabla 3.A)
Art. 136. Determinación de la indemnización del perjuicio personal básico
Subsección 2.ª Perjuicio personal particular (disposiciones relativas a la tabla 3.B)
Art. 137. Perjuicio personal por pérdida temporal de calidad de vida
Art. 138. Grados del perjuicio personal por pérdida temporal de calidad de vida
Art. 139. Medición del perjuicio personal por pérdida temporal de calidad de vida
Art. 140. Perjuicio personal particular causado por intervenciones quirúrgicas
Subsección 3.ª Perjuicio patrimonial (disposiciones relativas a la tabla 3.C)
Art. 141. Gastos de asistencia sanitaria
Art. 142. Gastos diversos resarcibles
Art. 143. Lucro cesante por lesiones temporales
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Única. Subsistencia de las cuantías indemnizatorias actualizadas de las tablas I a V del anexo «Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación», de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, incorporado por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre
DISPOSICIONES FINALES
1.ª Título competencial
2.ª Habilitación reglamentaria
ANEXO. Tablas
Indemnizaciones por causa de muerte
Tabla 1.A. Perjuicio personal básico
Tabla 1.B. Perjuicio personal particular
Tabla 1.C. Perjuicio patrimonial
Daño emergente
Tablas de lucro cesante
Tabla 1.C.1. Lucro cesante del cónyuge
Años de duración del matrimonio: Hasta 15 años
Años de duración del matrimonio: 16 años
Años de duración del matrimonio: 17 años
Años de duración del matrimonio: 18 años
Años de duración del matrimonio: 19 años
Años de duración del matrimonio: 20 años
Años de duración del matrimonio: 21 años
Años de duración del matrimonio: 22 años
Años de duración del matrimonio: 23 años
Años de duración del matrimonio: 24 años
Años de duración del matrimonio: 25 años
Años de duración del matrimonio: 26 años
Años de duración del matrimonio: 27 años
Años de duración del matrimonio: 28 años
Años de duración del matrimonio: 29 años
Años de duración del matrimonio: 30 años
Años de duración del matrimonio: 31 años
Años de duración del matrimonio: 32 años
Años de duración del matrimonio: 33 años
Años de duración del matrimonio: 34 años
Años de duración del matrimonio: 35 años
Años de duración del matrimonio: 36 años
Años de duración del matrimonio: 37 años
Años de duración del matrimonio: 38 años
Años de duración del matrimonio: 39 años
Años de duración del matrimonio: 40 años
Años de duración del matrimonio: 41 años
Años de duración del matrimonio: 42 años
Años de duración del matrimonio: 43 años
Años de duración del matrimonio: 44 años
Años de duración del matrimonio: 45 años
Años de duración del matrimonio: 46 años
Años de duración del matrimonio: 47 años
Años de duración del matrimonio: 48 años
Años de duración del matrimonio: 49 años
Años de duración del matrimonio: 50 años
Años de duración del matrimonio: 51 años
Años de duración del matrimonio: 52 años
Años de duración del matrimonio: 53 años
Años de duración del matrimonio: 54 años
Años de duración del matrimonio: 55 años
Años de duración del matrimonio: 56 años
Años de duración del matrimonio: 57 años
Años de duración del matrimonio: 58 años
Años de duración del matrimonio: 59 años
Años de duración del matrimonio: 60 años
Años de duración del matrimonio: 61 años
Años de duración del matrimonio: 62 años
Años de duración del matrimonio: 63 años
Años de duración del matrimonio: 64 años
Años de duración del matrimonio: 65 años
Años de duración del matrimonio: 66 años
Años de duración del matrimonio: 67 años
Años de duración del matrimonio: 68 años
Años de duración del matrimonio: 69 años
Años de duración del matrimonio: 70 años
Años de duración del matrimonio: 71 años
Años de duración del matrimonio: 72 años
Años de duración del matrimonio: 73 años
Años de duración del matrimonio: 74 años
Años de duración del matrimonio: 75 años
Años de duración del matrimonio: 76 años
Años de duración del matrimonio: 77 años
Años de duración del matrimonio: 78 años
Años de duración del matrimonio: 79 años
Años de duración del matrimonio: 80 años
Años de duración del matrimonio: 81 años
Años de duración del matrimonio: 82 años
Años de duración del matrimonio: 83 años
Años de duración del matrimonio: 84 años
Años de duración del matrimonio: 85 años
Tabla 1.C.1.d. Lucro cesante del cónyuge con discapacidad
Tabla 1.C.2. Lucro cesante del hijo
Tabla 1.C.2.d. Lucro cesante del hijo con discapacidad
Tabla 1.C.3. Lucro cesante del progenitor
Tabla 1.C.4. Lucro cesante del hermano
Tabla 1.C.4.d. Lucro cesante del hermano con discapacidad
Tabla 1.C.5. Lucro cesante del abuelo
Tabla 1.C.6. Lucro cesante del nieto
Tabla 1.C.6.d. Lucro cesante del nieto con discapacidad
Tabla 1.C.7. Lucro cesante del allegado
Tabla 1.C.7.d. Lucro cesante del allegado con discapacidad
Tabla 2.A.1. Baremo médico: Clasificación y valoración de las secuelas
Apartado primero. Clasificación de las secuelas anatómico-funcionales
Capítulo I. Sistema nervioso
Capítulo II. Órganos de los sentidos/cara/cuello
Capítulo III. Sistema músculo-esquelético
Capítulo IV. Sistema cardio-respiratorio
Capítulo V. Sistema vascular
Capítulo VI. Sistema digestivo
Capítulo VII. Sistema urinario
Capítulo VIII. Sistema reproductor
Capítulo IX. Sistema glandular endocrino
Capítulo X. Sistema cutáneo
Capítulo especial. Perjuicio estético
Descripción de las secuelas. Puntuación anatómico-funcional
Capítulo I. Sistema nervioso
A) Neurología
B) Psiquiatría y psicología clínica
Capítulo II. Órganos de los sentidos/cara/cuello
A) Sistema ocular
B) Sistema auditivo
C) Sistema olfatorio y nariz
D) Maxilofacial y boca
E) Cuello
Capítulo III. Sistema músculo-esquelético
A) Tórax
B) Columna vertebral
C) Pelvis
D) Extremidad superior
E) Extremidad inferior
Capítulo IV. Sistema cardio-respiratorio
A) Corazón
B) Sistema respiratorio
Capítulo V. Sistema vascular
A) Sistema venoso
B) Sistema arterial
C) Sistema linfático
D) Prótesis vasculares
Capítulo VI. Sistema digestivo
A) Esófago
B) Estómago
C) Intestino delgado y grueso
D) Hígado y vías biliares
E) Páncreas
F) Bazo
G) Hernias y adherencias (sin reparación quirúrgica)
Capítulo VII. Sistema urinario
A) Riñón
B) Vejiga
C) Uretra
Capítulo VIII. Sistema reproductor
A) Aparato genital femenino
B) Aparato genital masculino
Capítulo IX. Sistema glandular endocrino
A) Hipófisis
B) Tiroides
C) Paratiroides
D) Páncreas - diabetes insulino-dependiente
E) Suprarrenales
Capítulo X. Sistema cutáneo
Apartado segundo. Capítulo especial. Perjuicio estético
Tabla 2.A.2. Baremo económico
Indemnizaciones por secuelas
Tabla 2.B. Perjuicio personal particular
Tabla 2.C. Perjuicio patrimonial
Tabla 2.C.1. Indemnización máxima anual de asistencia sanitaria futura según secuela del artículo 113
Capítulo I. Sistema nervioso
A) Neurología
Capítulo II. Órganos de los sentidos/cara/cuello
A) Sistema ocular
B) Sistema auditivo
Capítulo III. Sistema músculo-esquelético
D) Extremidad superior
E) Extremidad inferior
Capítulo IV. Sistema cardio-respiratorio
A) Corazón
Capítulo VI. Sistema digestivo
C) Intestino delgado y grueso
D) Hígado y vías biliares
Capítulo VII. Sistema urinario
A) Riñón
Capítulo VIII. Sistema reproductor
B) Aparato genital masculino
Tabla 2.C.2. Horas diarias de necesidad de ayuda de tercera persona según secuela del artículo 123
Descripción de las secuelas. Horas diarias de necesidad de ayuda de tercera persona según secuela
Capítulo I. Sistema nervioso
A) Neurología
B) Psiquiatría
Capítulo II. Órganos de los sentidos/cara/cuello
A) Sistema ocular
Capítulo III. Sistema músculo-esquelético
D) Extremidad superior
E) Extremidad inferior
Capítulo IV. Sistema cardio-respiratorio
A) Corazón
B) Sistema respiratorio
Capítulo VI. Sistema digestivo
C) Intestino delgado y grueso
D) Hígado y vías biliares
Capítulo VII. Sistema urinario
A) Riñón
Tabla 2.C.3. Indemnizaciones de ayuda de tercera persona
Tabla 2.C.4. Lucro cesante por incapacidad para realizar cualquier trabajo o actividad profesional (absoluta)
Tabla 2.C.5. Lucro cesante por incapacidad para realizar su trabajo o actividad profesional (total)
Tabla 2.C.6. Lucro cesante por incapacidad que dé origen a una disminución parcial de ingresos en el ejercicio de su trabajo o actividad habitual (parcial)
Tabla 2.C.7. Lucro cesante por incapacidad absoluta de lesionados pendientes de acceder al mercado laboral
Tabla 2.C.8. Lucro cesante por incapacidad total de lesionados pendientes de acceder al mercado laboral
Indemnizaciones por lesiones temporales
Tabla 3
Tabla 3.A. Perjuicio personal básico
Tabla 3.B. Perjuicio personal particular
Tabla 3.C. Perjuicio patrimonial
Tabla técnica de coeficientes actuariales de conversión (TT1)
Tabla técnica de esperanzas de vida (TT2)
Tabla técnica de coeficientes de capitalización de prótesis y órtesis (TT3)
Pérdida de autonomía que da lugar a pérdida de calidad de vida grave o muy grave
Pérdida de autonomía moderada
ÍNDICE ANALÍTICO
La presente edición ofrece el texto completo del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, actualizado con las modificaciones de los años 2007, 2009 y 2011, pero sobre todo con las introducidas por la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. La principal novedad de esta profunda reforma, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2016, es la introducción de un nuevo Título IV en el Texto Refundido, que consta de 112 artículos, agrupados en dos capítulos. El primero se refiere a disposiciones generales y definiciones y el segundo incluye las reglas para la valoración del daño corporal y, en sus tres secciones, se ocupa, respectivamente, de las indemnizaciones por causa de muerte, por secuelas y por lesiones temporales, que se plasman, respectivamente, en las tablas 1, 2 y 3.
La edición se abre con un exhaustivo índice sistemático, donde se incluye el desarrollo del nuevo Anexo, para localizar fácilmente las tablas que lo integran.
Los textos están acompañados de notas a pie de página que incluyen referencias, información complementaria y textos de los artículos de otras normas, todos puestos al día.
Se cierra la edición con un amplio índice analítico de materias que facilita la consulta de su extenso articulado y los múltiples componentes del Anexo y sus correspondientes tablas.